En los procedimientos tributarios, resulta esencial planificar la estrategia de defensa desde el primer momento. Una propuesta de liquidación no es un acto administrativo que conlleve obligación de pago, pero es necesario planificar la actuación a seguir frente a una propuesta notificada por la Administración Tributaria, porque, muy probablemente, devendrá en liquidación.
Aunque la Ley General Tributaria ofrece siempre la posibilidad de efectuar alegaciones a dicha propuesta y la Administración está obligada a tenerlas en cuenta, en ocasiones puede ser aconsejable no realizarlas, o formularlas de forma muy genérica o laxa, sin agotar las armas jurídicas que podremos emplear en fases posteriores de la contienda, sin olvidar, no obstante, la importancia de aportar documentos que, por mandato de la ley, no podrán ser aportados con posterioridad.