Las relaciones con la Administración están sujetas a toda una serie de actos que en muchas ocasiones desembocan en resoluciones con las que no siempre se está de acuerdo. Un recurso de reposición es el mecanismo previsto por la ley para impugnar esa resolución que se considera lesiva
Bases del recurso de reposición
La figura del recurso de reposición está regulada por la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, son los artículos 112 a 120 y 123 y 124 los que se centran en ella.
De una manera específica, el recurso de reposición es un acto administrativo cuyo objetivo es recurrir una resolución de un organismo público por considerarla contraria a derecho. En este sentido, se puede impugnar casi cualquier decisión de una administración, desde sanciones de Hacienda hasta tributos como el Impuesto de Sucesiones y Donaciones o el de Patrimonio o incluso multas de tráfico.
Otra cuestión esencial del recurso de reposición es que no se trata de un procedimiento judicial, de modo que, en principio, no es necesaria la asistencia de abogado o procurador. Sin embargo, sí es importante contar con el asesoramiento de profesionales especializados en derecho administrativo.
Plazo de presentación y resolución
Los trámites están claramente establecidos. De esta forma, el plazo de presentación del recurso de reposición es de un mes a partir del día en el que se notificó la resolución que se desea impugnar. Si el acto se ha resuelto mediante silencio administrativo, ese plazo empieza a contar al día siguiente de que ese silencio sea efectivo y no tiene plazo de presentación.
Por otra parte, la resolución del recurso de reposición también tiene una fecha tope de un mes. Si el órgano pertinente no se ha pronunciado en ese tiempo, se considera que se produce silencio administrativo y se puede presentar una reclamación económico-administrativa
En ese sentido, es importante valorar si resulta más ventajoso para el interesado la presentación de un recurso de reposición o, directamente, de un recurso contencioso-administrativo. Es este otro aspecto por el que el asesoramiento profesional es indispensable.
Presentación del recurso de reposición
El recurso de reposición, obligatoriamente, se debe presentar ante el mismo órgano que dictó el acto impugnado. Para ello, es imprescindible redactar una solicitud en la que se detallen algunos aspectos esenciales:
– Identificación y datos de contacto
– Número de expediente del acto recurrido
– Órgano administrativo al que se dirige el recurso
– Justificación y pruebas que demuestren indefensión ante la Administración
Este último aspecto es determinante, puesto que es lo que el órgano administrativo valorará para aceptar o no el recurso. Conocer cómo proceder o qué pruebas es imprescindible presentar son cuestiones que es fácil desconocer. Por ello, ante cualquier duda, lo mejor es dejar el caso en manos de especialistas. Es lo que puede hacer que la balanza se incline hacia un lado o hacia otro.
¿Qué ocurre si se desestima el recurso de reposición?
En caso de el recurso de reposición no obtenga una resolución favorable, no se podrá interponer uno nuevo. En ese caso habría que iniciar otro procedimiento. El primero de ellos sería solicitar un recurso extraordinario de revisión, pero este solo se admite cuando se dan unos requisitos excepcionales. La otra posibilidad es la vía contencioso-administrativa para que sean los tribunales los que resuelvan el litigio.
En cualquiera de los dos casos es recomendable tener asistencia legal, puesto que en ambos procedimientos también hay que cumplir con una serie de plazos y requisitos estrictos. Si necesitas un especialista en derecho administrativo, confía en ACAI Asesores, contamos con más de 50 años de experiencia.